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Re: La puta SGAE

Publicado: 09 Dic 2008 14:04
por osnacla
En cuanto a la legalidad o no hay un abogado que lo explica muy bien, se llama David Bravo, pongo un artículo suyo del 2004 que lo explica, aunque lo mismo ha cambiado algo desde entonces. También recomiendo la lectura de su libro "Copia este libro" del mismo autor.

Básicamente se puede resumir en que todo el mundo tiene derecho a tener copia privada (copia que no se necesita disponer del original) y no se comete ninguna ilegalidad a no ser que se produzca una comunicación pública con ánimo de lucro.

Perdón de antemano si puse alguna barbaridad
Redes P2P y la leyenda del 1 de Octubre

El año pasado las noticias que aseguraban que había que empezar a buscar sitio a 95.000 personas en las cárceles del país hizo correr ríos de tinta en Internet. La denuncia que nunca llegó no solo no consiguió su propósito disuasor sino que un buen número de internautas, tras comprobar que el Código Penal no estaba redactado de tal manera que considere criminales a medio país, hicieron lo posible por difundir que se necesita ánimo de lucro para que las reproducciones y la comunicación pública de obras intelectuales se consideren delictivas. Se abrió entonces el debate: por un lado estaba la lógica empresarial para la que no es descabellado que mi primo merezca la cárcel por bajarse la canción de los lunnies y por la otra la de unos internautas a los que la denominación “pirata” ya no les hacía ninguna gracia.

Este año el Apocalipsis no llega en forma de denuncia sino en forma de reforma. El nuevo mito, tan cierto como las denuncias del Sr. Ribas, es que a partir del 1 de Octubre “descargar una canción” de una red P2P puede costarte hasta 2 años de cárcel. Sin embargo, no hay más que ver el texto legal anterior y el reformado para darse cuenta de que en lo que se refiere a las acciones que se realizan en las redes de pares no se ha cambiado ni una sola letra. Es decir, en lo que respecta a la reproducción y a la comunicación pública de obras intelectuales no existe reforma alguna.

La noticia que aseguraba la mala nueva se basaba en que el futuro Código Penal no exigirá expresamente el ánimo de lucro para quien “intencionadamente importe” obras intelectuales. El error que ha alarmado a media Internet, por absurdo que parezca, ha consistido únicamente en la confusión de los significados de “importar” y “reproducir”.

La palabra “importar” no es ni tan siquiera un tecnicismo de difícil comprensión al que puedan atribuírseles mil significados y que incite a apasionadas discusiones que desentrañen su difícil definición, sino que es una palabra de uso común y habitual y que como todos sabemos significa, sencillamente, “introducir en el país”. Es cierto que probablemente tu programa de correo hable de “importar correo” o que tu programa de registro hable de “importar registro” pero las leyes, todavía, no las escriben los programadores de software y, por ahora, siguen basándose en los significados que a las palabras ha decidido asignarle nuestro diccionario. Y no es solo eso sino que, para colmo, el término “importar” no lo introduce la reforma sino que en este mismo instante, mientras usted lee estas líneas, ya se encuentra en el actual Código Penal. Lo que se realiza en las redes de pares no es “importar” sino “reproducir”, algo que nadie medianamente iniciado discute (y cuando digo nadie quiero decir que ni la SGAE, ni Xavier Ribas, ni ningún libro sobre propiedad intelectual, ni ningún juez) y para que reproducir sea delito se precisará el 1 de Octubre lo mismo que ahora: ánimo de lucro y perjuicio de tercero. Podemos, a partir de ahí, discutir sobre el significado de “ánimo de lucro” pero, lo que es evidente es que si ahora no es delictiva la reproducción y comunicación pública de obras intelectuales tampoco lo será a partir del 1 de Octubre y si lo va a ser a partir del 1 de Octubre es porque ya lo es ahora.

Este mito no es inofensivo. No es solo que dentro de un mes a más de uno le va a costar conciliar el sueño porque cree haber cometido el delito de bajarse una canción que para colmo ni siquiera le ha gustado, sino que la creencia generalizada de la ilicitud de un acto puede tener efectos jurídicos. El artículo tercero del Código Civil establece que los jueces han de interpretar las normas de forma coherente a la realidad social del momento, por lo que la autocriminalización generalizada obliga al juez a interpretar las normas teniendo en cuenta esa conciencia socialmente aceptada. Creer sin más un bulo semejante ayuda de manera eficaz a que se convierta en realidad.

No son solo algunos periodistas adictos a las malas noticias, también el Ministerio de Cultura informa confundiendo. Según su última campaña “la difusión de contenidos ilegales en Internet es un delito castigado incluso con la cárcel”. Es cierto que la frase es ambigua y al hablar de “contenidos ilegales” no tiene por qué referirse a obras protegidas por copyright, sin embargo basta con llamar al número que para dar el chivatazo te facilitan en la propaganda, para que un contestador automático confirme las sospechas: la voz grabada autodenomina el lugar al que has llamado como la “federación antipiratería”.

Efectivamente tal y como dice el Ministerio la difusión de obras intelectuales sin contar con la pertinente autorización es una acción delictiva… siempre que tengas ánimo de lucro. Esta última aclaración que no se incluyó en el cartel, supongamos que por falta de espacio, tampoco se da al llamar al teléfono que aparece en él.

Este tipo de propaganda cuesta dinero (el nuestro, concretamente) y esa inversión no se haría si no fuera porque tiene los resultados de confusión que se esperan. Sin ir más lejos la maquinaria propagandística ha conseguido hacer creer a la mayoría que las “copias privadas” (esas que podemos hacer sin autorización del autor) y las “copias de seguridad” son una misma cosa. No son pocos los que piensan que la copia privada es solamente aquella que una persona hace del compacto o del DVD que él mismo ha comprado en la tienda, por lo que las reproducciones que se hacen en Internet no estarían incluidas en el concepto y serían por lo tanto ilegales. Esa definición, que es la definición exacta de “copia de seguridad”, corre como la pólvora por la Red a pesar de que la Ley de la Propiedad Intelectual es bastante clara a la hora de definir la copia privada simplemente como aquella “reproducción” que se hace “sin fin lucrativo” y para uso “privado”. Esa clara definición que da la ley no es la que más gracia le hace a un importante sector de la industria porque una interpretación literal de este precepto parece claro que ampara las reproducciones (descargas) que se hacen en Internet, por lo que no han tardado en poner a trabajar a sus abogados para que consigan elaborar una interpretación más acorde con sus intereses privados. Después los medios de comunicación harán el resto.

Y es por eso por lo que una gran parte de Internet cree que la “copia privada” es solamente aquella que hace el “usuario legítimo” para (cuantas veces lo han oído) escuchar la copia de su compacto original en su coche. No importa que las palabras “usuario legítimo” brillen por su ausencia a la hora de definir la copia privada y solo aparezcan a la hora de comentar la de “seguridad”. Probablemente serán pocos los que se molestarán en comprobarlo y, para los que lo hagan, se les dirá hasta la saciedad que ambos conceptos son lo mismo. Probablemente el legislador usó esas palabras como sinónimo para que el texto legal no se repitiera tanto y ganara en calidad literaria.

Sin embargo, lo cierto es que ambos conceptos son bien distintos y esa diferencia la deja clara nuestra Ley de la Propiedad Intelectual. La ley permite la copia privada "sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 25 y 99.a". El artículo 25 es el que regula el ya archiconocido canon y el artículo 99.a es, precisamente, el que prohíbe la copia privada de programas de ordenador cuya reproducción estará prohibida "incluso para uso personal". Sin embargo, en el artículo 100 se permite "la realización de una copia de seguridad por parte de quien tiene derecho a utilizar el programa". Es decir, tan distinta es la copia privada y la copia de seguridad que los programas de ordenador tienen prohibida la primera mientras que tienen permitida la segunda. Y esto es así no solo en España. En la mayoría de países en los que se permite la copia privada de obras intelectuales se prohíbe la misma a los programas de ordenador, facultándose, tan solo, la posibilidad de la copia de seguridad de su titular legítimo.

El Decreto 141 de 1993 sobre Derechos de Autor y Derechos Conexos de Honduras permite en su artículo 46 la "reproducción de una copia de la obra para el uso personal y exclusivo del usuario". Sin embargo esta misma ley establece que lo permitido a los programas de ordenador es "la reproducción de una sola copia exclusivamente con fines de resguardo o seguridad".

Lo mismo ocurre con la Ley Federal del Derecho de Autor de 1996 de México que permite la "reproducción por una sola vez, y en un solo ejemplar, de una obra literaria o artística, para uso personal y privado de quien la hace y sin fines de lucro". Sin embargo establece que "el usuario legítimo" podrá realizar una reproducción de un programa de ordenador siempre y cuando "sea destinada exclusivamente como resguardo para sustituir la copia legítimamente adquirida".

Puede decirse en resumen que la copia privada y la copia de seguridad son dos conceptos distintos y el requisito de ser el "usuario legítimo de la obra" solo es exigible para la realización de la segunda en tanto que no lo es para la de la primera.

A pesar de todo nada de eso importa a una industria que usa los medios de comunicación para promover la confusión y el pánico. Pero, quieran o no, lo cierto es que la reproducción de obras en Internet (la descarga) no infringe las leyes penales cuando se carece de ánimo de lucro (ni ahora ni a partir del 1 de Octubre) ni tampoco las civiles (a tenor del artículo 31.2 de la LPI que permite la reproducción para uso privado, lo que actualmente entendemos como “copia privada”). Es en la comunicación pública (el “upload”) donde se encuentra realmente la polémica.

Si bien en el ámbito penal es claro que tampoco la comunicación pública es delictiva a no ser que se tenga ánimo de lucro, en el ámbito civil es más dudoso porque la Ley de la Propiedad Intelectual no exige el lucro para considerar ilegal la comunicación pública que no cuente con la autorización del autor.

En mi opinión una interpretación lógica del precepto exigiría que para que la comunicación pública sea ilegal debe ser ésta, por lo menos, un acto consciente y han de existir actos positivos por parte del que comunica, sin ser suficiente el mero hecho de que esta comunicación se haga de forma automática como habitualmente ocurre en las redes de pares. Esto no deja de ser una interpretación que aunque compartida por muchos juristas (en el libro Comentarios a la Ley de la Propiedad Intelectual se habla de la necesidad de que la comunicación sea una actitud consciente y pretendida) y jueces (es famoso el juez de Canadá que falló en tal sentido) entiendo que puede dar lugar al debate. En cualquier caso creo que la diferencia entre delito e ilícito civil no es baladí. Nada menos que las rejas marcan esa diferencia.
Fuente:http://www.filmica.com/david_bravo/archivos/000542.html

Re: La puta SGAE

Publicado: 12 Dic 2008 14:18
por Bundy
La SGAE da marcha atrás y no cobrará a las fallas

La alcaldesa, Rita Barberá, ha logrado el compromiso de Bautista para que el convenio actual no se modifique al alza, por lo menos hasta que pase la actual crisis económica


Entrada de bandas, el pasado año en Valencia.
Una conversación telefónica mantenida esta mañana entre la alcaldesa de Valencia, Rita Barberá, y el presidente de la SGAE, Eduardo bautista, dio al traste con la intención de esta entidad de cobrar a las comisiones falleras por la música en los actos que se celebren en la calle.
La primera autoridad local aseguró que tiene el compromiso de Bautista para que el convenio actual no se modifique al alza, por lo menos hasta que pase la actual crisis económica.
De este modo la junta central fallera pagará 42.000 euros anuales por los derechos de toda la música que se toque en presentaciones oficiales y en actividades de este organismo. Por lo tanto, las comisiones quedan fuera de cualquier pago por la música de las verbenas, discomóviles o incluso fiestas que se celebren en los casales o en la calle.

http://www.lasprovincias.es/valencia/20 ... 21322.html
Que cojones tienen, ayer decian que no podian poner musica en fallas, y ahora dicen que dan marcha atras. No, si aún habra que darles las gracias.

Re: La puta SGAE

Publicado: 12 Dic 2008 16:56
por Gartenzwerg
Bundy escribió: Que cojones tienen, ayer decian que no podian poner musica en fallas, y ahora dicen que dan marcha atras. No, si aún habra que darles las gracias.
Es que la que se podia haber montado aqui en la sede de la Sgae podia haber sido muy buena... Mi gozo en un pozo de Fallas sin chiringuito discotequero debajo de casa... :x

Re: La puta SGAE

Publicado: 13 Dic 2008 00:46
por SUPERCHE
me parece a mi que la amenaza del tio masclet ha surgido efecto y este año las fallas no van a quemar a la SGAE :twisted: icon_focus

Re: La puta SGAE

Publicado: 13 Dic 2008 00:54
por Desmemoriats
al final mos faran pagar per escoltar la ràdio.

Re: La puta SGAE

Publicado: 18 Dic 2008 14:05
por Sagan
Cultura anuncia que en breve habrá una medida muy antipopular contra la piratería

El ministro de Cultura, César Antonio Molina, ha anunciado que en breve habrá una medida contra la piratería que será muy antipopular. ¿Cortarán el acceso a Internet a los usuarios que descarguen en P2P? ¿implementarán un sistema de avisos? ¿Incrementarán el canon digital?

Molina ha dado el primer aviso, si cultura prevé que haya un movimiento antipopular en la red es posible que las medidas previstas ataquen directamente a las redes de intercambio P2P.

Preguntado por la posibilidad de cortar el acceso a Internet a los "piratas" reincidentes, el ministro señaló que se están "estudiando fórmulas" y que "no muy tarde habrá una normativa que regule" todo este tema.

"Probablemente será una normativa que será muy antipopular, pero lo que es antipopular, ruinoso y un desastre es que los miles de puestos de trabajo que da la cultura desaparezcan por esta actuación ilegítima. Eso no se puede permitir".

Asimismo, el Ministro se ha referido a la labor del ejecutivo señalando que "se está luchando y actuando muy bien contra la piratería".

Manifestación a favor del P2P el próximo sábado día 20

El próximo sábado se ha convocado una manifestación a favor del P2P en las puertas de la sede del PSOE en la calle Ferraz de Madrid. Los asistentes pueden llevar sus portátiles para descargar en redes como eMule y Bittorrent.

Si eres de Madrid y puedes asistir, no lo dudes, acude a defender el intercambio legal de archivos.

En Tuenti hay un evento creado llamado "Salvemos al eMule , No al canon Digital"
http://www.adslzone.net/article2535-cul ... teria.html

icon_wee

Re: La puta SGAE

Publicado: 18 Dic 2008 14:18
por marina
Es que si prohiben las redes P2P, que retiren el canon digital.

Re: La puta SGAE

Publicado: 18 Dic 2008 14:26
por osnacla
Prohibir las redes P2P, aparte de que es un sinsentido y no pueden así porque sí, es como cortar las lineas telefónicas porque los terroristas hablan por teléfono.

Re: La puta SGAE

Publicado: 18 Dic 2008 15:04
por haddock
Muy curioso lo del ministrillo este y su frase: Medida Antipopular, que no impopular. Decir antipopular, es decir "en contra del pueblo". Vaya ministro de cultura de mierda que no sabe ni hablar en castellano.

Personalmente todo esto me la suda: descargaré por otros medios (web), utilizaré una IP encriptada, o un P2P ofuscado, o por medio de un proxy intermedio. Mira que hasta dudo que los proveedores de servicios te corten la conexión por usar P2P ya que se les cae el negociete pero rápido.

Re: La puta SGAE

Publicado: 18 Dic 2008 19:25
por S4M4
haddock escribió:Muy curioso lo del ministrillo este y su frase: Medida Antipopular, que no impopular. Decir antipopular, es decir "en contra del pueblo". Vaya ministro de cultura de mierda que no sabe ni hablar en castellano.

Personalmente todo esto me la suda: descargaré por otros medios (web), utilizaré una IP encriptada, o un P2P ofuscado, o por medio de un proxy intermedio. Mira que hasta dudo que los proveedores de servicios te corten la conexión por usar P2P ya que se les cae el negociete pero rápido.
a mi es que sobretodo esto último me parece totalmente descabellado, que no digo que no sean capaces icon_wee

Re: La puta SGAE

Publicado: 18 Dic 2008 19:29
por Sagan
Esta claro que si hacen eso las bajas van a ser innumerables (yo me pondria la conexión mas barata, 1 mega o asi) y dudo que ONO, Jazztel, telefónica, etc. quieran incumplir alarmantemente sus previsiones de ingresos :D

Re: La puta SGAE

Publicado: 18 Dic 2008 19:33
por sindelar
S4M4 escribió: a mi es que sobretodo esto último me parece totalmente descabellado, que no digo que no sean capaces icon_wee
A mí me parece una subnormalidad profunda. ¿Entonces para qué querrá la gente 6, 8 ó 12 Mb de velocidad? ¿para navegar un rato y bajarte el correo? No me jodas, para eso con un módem de 56kb ya vas apañao...

Y pensar que en Italia están haciendo redadas contra la Camorra italiana y aquí los de la SGAE aún están libres... :idea:

Re: La puta SGAE

Publicado: 18 Dic 2008 20:08
por osnacla
S4M4 escribió: a mi es que sobretodo esto último me parece totalmente descabellado, que no digo que no sean capaces icon_wee
Aparte de todas las alternativas que propone Haddock, algunas ya muy perfeccionadas de formas que es dificil que consigan que se deje de usar los sistemas P2P como modelo en sí yo siempre he pensado que los ciudadanos de a pie no pintamos una mierda pero que al haber negocios de por medio en ese aspecto tenemos todas las de ganar. No dudo del poder que tiene la SGAE pero lo que si que tengo claro es que Telefónica no consentirá que se aplique ninguna medida que haga miles de personas se den de baja o se cambien a alguna tarifa con lo más básico que tengan "pa navegar y msn".

Re: La puta SGAE

Publicado: 18 Dic 2008 21:58
por Mario Alberto
haddock escribió:Muy curioso lo del ministrillo este y su frase: Medida Antipopular, que no impopular. Decir antipopular, es decir "en contra del pueblo". Vaya ministro de cultura de mierda que no sabe ni hablar en castellano.

Personalmente todo esto me la suda: descargaré por otros medios (web), utilizaré una IP encriptada, o un P2P ofuscado, o por medio de un proxy intermedio. Mira que hasta dudo que los proveedores de servicios te corten la conexión por usar P2P ya que se les cae el negociete pero rápido.
Habrá sido un lapsus y estaría pensando en una medida en contra del Partido Popular

Re: La puta SGAE

Publicado: 18 Dic 2008 22:08
por Drakul
haddock escribió:Muy curioso lo del ministrillo este y su frase: Medida Antipopular, que no impopular. Decir antipopular, es decir "en contra del pueblo". Vaya ministro de cultura de mierda que no sabe ni hablar en castellano.

Personalmente todo esto me la suda: descargaré por otros medios (web), utilizaré una IP encriptada, o un P2P ofuscado, o por medio de un proxy intermedio. Mira que hasta dudo que los proveedores de servicios te corten la conexión por usar P2P ya que se les cae el negociete pero rápido.

Pues a mi me parece un termino muy bien usado, que no quisiera es otra cosa :D

Al final al Gobierno socialista se le van a terminar las cosas que prohibir

Re: La puta SGAE

Publicado: 18 Dic 2008 22:10
por cyber
Drakul escribió:
Al final al Gobierno socialista se le van a terminar las cosas que prohibir

¿Qué más ha prohibido?

Re: La puta SGAE

Publicado: 18 Dic 2008 23:26
por _Bárbara_
Estos son unos sinvergüenzas.

yo que veraneo en una aldea con 15 habitantes censados (si, 15 habitantes censados :D ) aunque en verano somos mas de 300, recibimos una carta de la SGAE reclamandonos el canon por la música de las fiestas desde el año 2000 que tenian constancia. Y ponian que se habian entererado por medio de una radio local, ya que anunciaba un concierto de rock (siiii, en la misma aldea de 15 censados) en donde encima, tocaban sus canciones y gratis. Pretendian que pagaramos por que Transfer tocara sus propias canciones.. :idea:

En fin, que son dos años ya mandandonos la dichosa carta e incluso se presentó alli uno con una carpeta bajo el brazo para corroborar que aquello era cierto.

Re: La puta SGAE

Publicado: 18 Dic 2008 23:44
por Drakul
cyber escribió:
¿Qué más ha prohibido?
Ley antitabaco, incremente de las sanciones a conductores, aceptación del canon a los cd's, a los aparatos reproductores, el botellón, han metido caña a los comida rápida...

Re: La puta SGAE

Publicado: 19 Dic 2008 00:26
por marina
_Bárbara_ escribió:. Pretendian que pagaramos por que Transfer tocara sus propias canciones.. :idea:
Ostias Transfer! ¿Estos aún tocan? icon_palomitas

Re: La puta SGAE

Publicado: 19 Dic 2008 00:29
por marina
Drakul escribió: Ley antitabaco, incremente de las sanciones a conductores, aceptación del canon a los cd's, a los aparatos reproductores, el botellón, han metido caña a los comida rápida...

La ley antitabaco es una mierda, porque habría que PROHIBIR fumar en todos los bares, no dejároslo al libre albedrio.
Las sanciones a los conductores y el carnet por puntos es una mierda, sí, pero para los que están esperando transplantes de algo porque la mortandad en carretera se ha reducido considerablemente. La comida rápida... pues me parece bien que no sólo no se promocione ese tipo de comida sino que se denuncie lo perjudicial que es para la salud.
En lo del botellón, esa me jode un poco más. Y en lo del cánon... ya sabéis lo que pienso.