guillemsed escribió:Faas...el tribunal constitucional es un tribuna OKUPA, debido al filibusterismo de la derecha. Eso es un hecho constatable cuando hace dos años y medio que caducó su mandato.
Yo no soy jurista, pero aparentemente había dos opciones y se eligió la menos restrictiva pero a la vez extendible en el tiempo. Hay veces que se debería hacer legislación comparada y ver que hacen tus vecinos para opinar.
Ahora parece que el objetivo del gobierno era tenernos secuestrados en casa y joder el país. Cuando en su momento lo que se pidió fue justamente eso: Reducir la movilidad y tener un cuerpo legal para poder tomar las decisiones que se tomaron,
Por partes, lo de la renovación del TC nunca entenderé por qué la culpa será siempre de la derecha. Cuando dos no se ponen de acuerdo no es culpa de uno. Aquí falla tanto la cerrazón del PP con las pocas ganas de negociar de PS.
No eres jurista y se nota. Ni aparentemente había dos opciones ni nada de eso. No te creas todo lo que dicen los periolistos porque ellos tampoco son juristas.
Partiendo de la base de que lo necesario era el confinamiento (cosa que todos los partidos aprobaron) había que utilizar el método más garantista. Y ahí es donde tengo más dudas, no sé si equivocó la Abogacía del Estado (y me cuesta creer que no saltara alguna alarma, aunque puede que no) o el Gobierno no le apeteció negociar con el Parlamento.
El art. 13 de la Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio, de los estados de alarma, excepción y sitio. dice:
"Artículo trece.
Uno. Cuando el libre ejercicio de los derechos y libertades de los ciudadanos, el normal funcionamiento de las instituciones democráticas, el de los servicios públicos esenciales para la comunidad, o cualquier otro aspecto del orden público, resulten tan gravemente alterados que el ejercicio de las potestades ordinarias fuera insuficiente para restablecerlo y mantenerlo, el Gobierno, de acuerdo con el apartado tres del artículo ciento dieciséis de la Constitución, podrá solicitar del Congreso de los Diputados autorización para declarar el estado de excepción.
Dos. A los anteriores efectos, el Gobierno remitirá al Congreso de los Diputados una solicitud de autorización que deberá contener los siguientes extremos:
a) Determinación de los efectos del estado de excepción, con mención expresa de los derechos cuya suspensión se solicita, que no podrán ser otros que los enumerados en el apartado uno del artículo cincuenta y cinco de la Constitución.
b) Relación de las medidas a adoptar referidas a los derechos cuya suspensión específicamente se solicita.
c) Ámbito territorial del estado de excepción, así como duración del mismo, que no podrá exceder de treinta días.
d) La cuantía máxima de las sanciones pecuniarias que la Autoridad gubernativa esté autorizada para imponer, en su caso, a quienes contravengan las disposiciones que dicte durante el estado de excepción.
Tres. El Congreso debatirá la solicitud de autorización remitida por el Gobierno, pudiendo aprobarla en sus propios términos o introducir modificaciones en la misma."
Es decir que no hace falta coartar la libertad de prensa, el habeas corpus, ni todas las barbaridades que se están diciendo. Simplemente había que haber pedido un estado de alarma ampliado con las garantías del estado de excepción.
Aquí, el fallo está en nuestra legislación que nunca previó una pandemia mundial. Pero hemos tenido tiempo para cambiar la LO 4/81 desde que se declaró la pandemia y, aparte de unas declaraciones de Calvo de que el Gobierno iba a impulsar unos cambios legislativos, no he visto a nadie impulsando eso. No, mejor nos insultamos unos a otros y ya está.
El problema ciertamente no es político, es más bien tecnico-jurídico y de interpretación; la prueba está en lo ajustado de la votación. Por eso me parece absurdo tanto el cabreo del Ejecutivo como la salida a la calle de la oposición pidiendo nuevas elecciones (ahora, en plena quibta ola, no te jode) por eso. El orgullo de Sánchez y la falta de paciencia de Casado son de traca.
Por cierto, y retomando el principio de tu comentario, sugerir que la sentencia tiene motivos políticos por la falta de renovación del TC, es no haberte mirado ni quien de cada uno de los magistrados votó qué cosa. Aquí hay tanto votos de magistrados "conservadores" en favor del Decreto de Estado de Alarma como de magistrados "progresistas" en contra de él. De hecho, el hecho de que haya tanto voto particular, para mí, ya es una garantía de que ha sido un debate profundo y bien razonado.
De hecho, el Gobierno podía haber sido más duro de lo que fue porque el Art. 11 prevé que se puedaFaaswilkes escribió:Así es, precisamente el gobierno usó el instrumento más suave y que menos poderes extraordinarios le daba.
Pero la cuestión es quejarse.
España, patria del flamenco, es país de palmeros. Haga lo que haga el PSOE tendrá un coro de palmeros para justificarlo y haga lo que haga el PP su propio coro de palmeros lo justificará también.
Con lo fácil y bonito que es alabar lo que se hace bien y criticar lo que se hace mal, lo haga quien lo haga.
Pero en España no. País de palmeros.
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"a) Limitar la circulación o permanencia de personas o vehículos en horas y lugares determinados, o condicionarlas al cumplimiento de ciertos requisitos.
b) Practicar requisas temporales de todo tipo de bienes e imponer prestaciones personales obligatorias.
c) Intervenir y ocupar transitoriamente industrias, fábricas, talleres, explotaciones o locales de cualquier naturaleza, con excepción de domicilios privados, dando cuenta de ello a los Ministerios interesados.
d) Limitar o racionar el uso de servicios o el consumo de artículos de primera necesidad.
e) Impartir las órdenes necesarias para asegurar el abastecimiento de los mercados y el funcionamiento de los servicios de los centros de producción afectados por el apartado d) del artículo cuarto."
Y apenas se hizo nada de eso.
Pero estamos gobernados por hooligans de la políca, no por políticos de verdad. Y cuando digo gobernados hablo de todos los partidos.